viernes, 21 de noviembre de 2014

No se practicará prueba caligráfica a la Infanta y su marido.

Como es sabido, el sindicato Manos Limpias ha solicitado en dos ocasiones la práctica de prueba pericial para determinar la autenticidad de las actas de Aizoon y de otra caligráfica a la Infanta y su marido. Para ello requirió su entrega a D. Carlos Masià, notario interviniente en la constitución de Aizoon  y encargado de elevar a público los acuerdos adoptados por  las Juntas Universales del 29 de julio de 2005 y el 26 de abril de 2006, en cuyo orden del día figura la designación de los cargos de la Junta de Aizoon y el traslado de su domicilio social actuando como presidenta y secretario firmantes la Infanta y su marido.
No obstante, el Juez instructor del caso Nóos se ha negado a ello reiteradamente calificando la petición de un ejercicio de dilación caprichosa pues, de sospecharse la existencia de una falsedad, su denuncia compete exclusivamente a la interesada pues lo contrario es pretender "que este Juzgado supla la inactividad de quienes, por no sentirse afectados por hipotéticas falsedades, ninguna alegación han hecho al respecto"  
Para el juez Castro, la práctica de la pericial caligráfica no puede constatar si Doña Cristina "presidió las Juntas, simplemente asistió o ni una cosa ni otra”. Además la Infanta ya afirmó en su declaración  que nunca había actuado como presidenta de las Juntas Universales de Aizoon y que “ni tan siquiera asistió a ellas”.
El Juez avala la actuación del  notario pues, "era sobradamente conocedor de la identidad de don Iñaki Urdangarin, de la calidad en virtud de la cual protocolizaba los referidos acuerdos y de su firma, razón por la cual ninguna duda debió abrigar sobre la autenticidad de los documentos que se le presentaron para autorizar su elevación a públicos"  y considera improcedente que ahora se cuestione " la cuando menos, aparente realidad de tales Juntas, la asistencia de las personas que en ellas se dice ni las firmas con las que dieron su conformidad a lo que en ellas supuestamente se decidió, debiendo en un principio tenerse como cierto su contenido".
Interpuesto el correspondiente recurso, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Balerares  lo ha desestimado por razones análogas al considerar que "no se atiende a comprender qué utilidad pudiera reportar" cuando la firma "no es cuestionada por su titular" recordando que nuestra Constitución no sanciona un derecho absoluto a los medios probatorios ni tampoco traducible en una " admisión indiscriminada de cuantas pruebas se propongan por las partes". Por su parte, el ministerio fiscal anticorrupción Pedro Horrach calificó las firmas como “indiscutidas”.

jueves, 20 de noviembre de 2014

Presentación.

Nuestro modesto objetivo a través del blog que ahora inauguramos, es ilustrar, con la amplísima casuistica producto de una picaresca endémica, la importancia de la pericia caligráfica en la práctica forense española  y su influencia decisiva en el esclarecimiento de los hechos. 
La actual crisis ha obligado a agudizar aún más el ingenio, franqueando en ocasiones el límite de la legalidad para sobrevivir.
A la corte de mangantes profesionales se ha sumado una masa de gente corriente que, fruto de la desesperación o de las penurias económicas, sucumbe a la tentación de ejecutar algún tipo de falsedad, disparándose en estos últimos años el número de denuncias y multiplicando la labor de investigadores y peritos.
Basta un recorrido por la prensa diaria o de tribunales para toparse con falsificaciones de todo tipo y condición.
Por ello, haciendo uso de la expresion popular de "el gato encerrado" queremos significar esa sombra de duda que planea sobre la veracidad oscureciéndola y que es el origen de nuestro quehacer pericial.
Os animamos a participar. Vuestras opiniones serán tenidas en cuenta y contribuirán a la elaboracion de nuestro particular "ranking" de gatos encerrados.